Beneficiarios: los empresarios y empresarias, profesionales y entidades más afectados por la pandemia con domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana que hayan realizado durante 2019 y 2020, al menos, una actividad que se clasifique en alguno de los 188 códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) previstos y continúen en ejercicio en el momento de la entrada en vigor de estas ayudas.
Además, podrán ser beneficiarios aquellas empresas o profesionales cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros y que desarrollen su actividad económica en más de un territorio, siendo uno de ellos la Comunitat Valenciana, o los grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en régimen de tributación consolidada si operan en la Comunitat.
Despeses subvencionables: els que es destinen a satisfer el deute i pagaments pendents amb proveïdors, creditors financers i no financers, sempre que estos s'hagen generat entre el 1 de març de 2020 i el 31 de maig de 2021 i procedisquen de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
Per a les empreses i professionals que apliquen el règim d'estimació directa en l'Impost sobre la Renda de les Persones Físiques, serà requisit imprescindible que el volum d'operacions anual declarat en l'Impost sobre el Valor Afegit o tribut indirecte equivalent en 2020 haja caigut más de un 30% con respecto a 2019 y tengan un volumen de deudas pendientes subvencionables de, al menos, 4.000 euros.
Tramitación: Les sol·licituds es presentaran únicament de manera telemàtica en la seu electrònica de la Generalitat i en el cas d'aquelles entitats que facen la sol·licitud a través d'un o una representant, este haurà d'estar obligatòriament inscrit en el Registre de Representants.
GRUP 1: PERSONES SOL·LICITANTS QUE APLIQUEN EL RÈGIM DE TRIBUTACIÓ PER MÒDULS, EMPRESES DE NOVA CREACIÓ EN 2019 O QUE HAGEN FET CANVIS ESTRUCTURALS DE LA SOCIETAT MERCANTIL
- Deberán solicitar cita previa para la tramitación de las ayudas desde las 09:00h del día 31 de maig fins a les 23:59h del 4 de junio de 2021. Este trámite no requerirá firma electrónica, únicamente la identificación fiscal de la empresa y un correo electrónico. Los solicitantes recibirán un mail con la fecha y franja horaria a partir de la cual podrán adjuntar la documentación pertinente.
- La solicitud y la documentación requerida deberá presentarse telemáticamente y de forma obligatoria en la fecha y franja horaria indicada en el trámite de cita previa. Será imprescindible hacerlo mediante certificado digital.
GRUP 2: PERSONES SOL·LICITANTS QUE APLIQUEN EL RÈGIM DE TRIBUTACIÓ DIRECTA
- Deberán solicitar cita previa para la tramitación de las ayudas desde las 09:00h del día 7 de junio fins a les 23:59h del 11 de juny de 2021. Este trámite no requerirá firma electrónica, únicamente la identificación fiscal de la empresa y un correo electrónico. Los solicitantes recibirán un mail con la fecha y franja horaria a partir de la cual podrán adjuntar la documentación.
- La solicitud y la documentación requerida deberá presentarse telemáticamente y de forma obligatoria en la fecha y franja horaria indicada en el trámite de cita previa. Será imprescindible hacerlo mediante certificado digital.
Quanties
Grupo 1: se dotará una cantidad fija equivalente al volumen de deudas pendientes declaradas por el solicitante, con un máximo de 3.000 euros. El volumen total de ayudas para este grupo de beneficiarios será de un importe máximo de 200 millones de euros.
Grup 2: rebran una ajuda directa de mínim 4.000€. Esta ajuda podrà ampliar-se fins a un màxim de 200.000€ en funció del percentatge de caiguda anual del negoci. El volum total d'ajudes per a este grup de beneficiaris serà d'un import màxim de 447.081.980 euros.