A continuación, se detalla información sobre las nuevas medidas restrictivas publicadas este miércoles, 20 de enero de 2021, en el DOGV que afectan a diferentes actividades económicas y sociales, entre las que se encuentran algunas empresas de Turismo Activo, y más concretamente, de Creaturisme.
PRINCIPALES MEDIDAS PUBLICADAS EN EL DOGV:
1.-El cierre preventivo y la suspensión cautelar de actividades, establecimientos y espacios, que expresamente se indican:
a) Centros recreativos de mayores (hogares del jubilado) y de jóvenes (ludotecas, centros de ocio y entretenimiento juvenil), y centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales.
b) Establecimientos y actividad de hostelería y restauración, bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento, salvo que en los mismos se preste servicio de recogida de comida y/o bebida en el local o envío a domicilio. Quedan exceptuados los siguientes:
- Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de profesionales y acompañantes y familiares de pacientes.
- Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos, para uso exclusivo de la clientela alojada en los mismos.
- Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo para el personal empleado.
- Servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza reglada (colegios de Educación Primaria, institutos, universidades y similares).
- Servicios de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación.
c) Establecimientos dedicados a actividades recreativas y de azar.2.Medidas en locales comerciales:Los locales comerciales y las superficies comerciales cerrarán a las 18:00 horas. Se exceptúa de lo anterior, la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial esencial de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y venta de alimentos para animales, únicamente para la venta de dichos productos.3. Medidas en deportes, actividad física e instalaciones deportivas:
a) Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y fuera de instalaciones deportivas, sin contacto físico y en las modalidades individuales y aquellas que se practican por parejas solo en caso de convivientes.
b) Se suspenden todas las competiciones, actividades y acontecimientos deportivos de ámbito autonómico o inferior.
c) No se podrá realizar actividad física en instalaciones o centros deportivos abiertos o cerrados, incluyendo clubes, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, pabellones, boleras, pistas para carreras, centros de pilates, yoga y similares.
Continúan vigentes las medidas adoptadas en anteriores resoluciones con respecto a:
– Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 30 personas, debiendo concertarse estas actividades preferentemente mediante cita previa.
– Se permite la realización de la actividad de guía turístico concertándose preferentemente mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados.